Cabezal

Cabezal

sábado, 31 de marzo de 2012

ASAMBLEA DEL ORDEN DE EGRESADOS

LUNES 14 DE MAYO
18 HORAS
Orden del dìa

1- Posicionamiento frente a la participaciòn de Funcionarios en las comisiones co-gobernadas
2- Mandatos del orden a delegadas sobre criterios de trabajo a impulsar en la comisión de extensiòn.
3- Ordenanza de estudio de grados...
4- Otros temas....

INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LOS PLANES DE ESTUDIOS Ajustado a las Bases de la Ordenanza de “Estudios de Grado y otros Programas de Formación Terciaria”


COMISION SECTORIAL DE ENSEÑANZA

INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LOS PLANES DE ESTUDIOS 
Ajustado a las Bases de la Ordenanza de
“Estudios de Grado y otros Programas de Formación Terciaria”
Diciembre 2010

            Las bases de la Ordenanza de “Estudios de Grado y otros Programas de Formación Terciaria”, a consideración de la Asamblea General del Claustro, prevén un plazo de un año para efectivizar el proceso de creditización de las unidades curriculares de las carreras y de dos años para adecuar los planes de estudios vigentes a lo que disponga la norma. 

            Ante la inminencia de su aplicación, las sub comisiones de la Comisión Sectorial de Enseñanza que se ocupan de la temática curricular, entienden pertinente hacer llegar a los servicios un instructivo que facilite la labor de las comisiones de carreras y de la Comisión Sectorial de Enseñanza como organismo asesor del Consejo Directivo Central, quien finalmente deberá aprobar los planes de estudios adecuados a las orientaciones de la Ordenanza.


            También se entiende oportuna la ocasión para avanzar en la evaluación de las nuevas ofertas de carreras a fin de velar por el cumplimiento de los niveles de calidad requeridos en los diferentes niveles de formación establecidos por la norma.

            Los planes de estudios (así como los programas de cursos) constituyen los documentos curriculares fundamentales que orientan los proyectos de formación universitaria. Junto con el plantel docente, constituyen la materia esencial de evaluación de su calidad académica. De este modo, se entiende relevante lograr una formulación clara y precisa de sus capítulos esenciales, así como del sustento académico del proyecto curricular cuando se trata de una nueva oferta de formación, o del pasaje de una carrera de nivel técnico o tecnológico a una carrera de grado.

            Se presentan a continuación las pautas en base a los cuales se realizará la evaluación de los planes de estudios, así como la información que se requerirá para valorar el sostén académico de las nuevas carreras.

            Los planes vigentes que únicamente incorporen el sistema de créditos, sin modificar los tiempos (número de años de la carrera) ni los contenidos de la formación (se agreguen o supriman materias), según lo dispuesto por la Ley Orgánica, no deberán considerarse cambio de plan.


1.-  REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN Y RENOVACIÓN DE LOS PLANES DE     ESTUDIOS

            Los planes de estudios comprenderán, como mínimo, los siguientes capítulos:

Antecedentes y fundamentación

Comprende las consideraciones generales que explicitan los principios teórico conceptuales que fundamentan y justifican la propuesta de formación, la contextualización institucional, las necesidades o aspectos de la realidad profesional que se pretende transformar y otros elementos que se consideren significativos para el plan como las de orden histórico, epistemológico, pedagógico, etc. Los principios rectores que orientan la formación pueden también constituir un capítulo independiente.

Si se trata de un cambio de plan de estudios, es importante hacer particular referencia a los antecedentes de la formación y a la evaluación curricular de la que surgen las necesidades y líneas de renovación. En este sentido, se recomienda además explicitar los objetivos de la propia reforma curricular.

Si se trata de la creación de una nueva oferta, deberán mencionarse los estudios o análisis de pertinencia que fundamentan la propuesta de formación, con especial énfasis en los requerimientos que surgen de las transformaciones operadas en el campo profesional, social, académico, educativo nacional y/o mundial. En este capítulo se deberá además hacer mención a la situación del campo académico, identificando los núcleos docentes de la Universidad que aportan a la temática. 

Los antecedentes podrán hacer referencia al enclave desde el que surge la propuesta, pero el plan de estudios no debe caratularse con ninguna alusión a sedes universitarias específicas a los fines de que pueda ser implementado en el conjunto del territorio nacional.

Objetivos de la formación

Siendo el componente axiológico del plan de estudios, los objetivos explicitan y sintetizan la intencionalidad de la formación académica y profesional, fijando las grandes orientaciones de formación. Pueden expresarse también en términos de capacidades o competencias profesionales generales y específicas que se prevé alcancen los egresados, las que conviene acompañen el perfil de egreso. 

Perfil del egresado

Estrechamente ligado a la intencionalidad, prefigura los propósitos del proceso formativo. De la claridad de estas definiciones dependerá, en gran medida, la estructura curricular que se adopte. Engloba el conjunto de conocimientos y capacidades que cada título acredita (perfil del título). También puede incluir una descripción de las actividades para las que resulta competente un profesional en función del perfil general del título y de los contenidos curriculares de la carrera (alcances del título). En el caso de los perfiles generalistas, convendrá hacer explícito el punto de corte entre las capacidades de acción profesional que involucra el grado y las que se derivan para la formación de posgrado.   

Denominación del título
Denominación del título final y/o intermedio/s que prevé la carrera, según tipos de certificación previstos.                   

Duración de la carrera y créditos mínimos de la titulación
Fijación de los años de duración de la carrera y del número de créditos mínimos de la titulación o titulaciones, de acuerdo a lo previsto sobre niveles de formación y régimen de créditos.

Descripción de la estructura del Plan

Diseño curricular específico que adopta la organización de los contenidos de la enseñanza y las experiencias de formación que se proyectan para la carrera, con indicación de los formatos adoptados: ejes del plan, áreas de formación, tramos, trayectos, orientaciones, pre-especializaciones o perfiles, tipos de unidades curriculares, organización temporal de los cursos, articulaciones previstas con otras carreras, etc. Los mismos deberán tener en cuenta los principios y criterios curriculares fijados por la Ordenanza.

Se analizará con particular atención la movilidad estudiantil, horizontal y vertical, que prevé la propuesta.

Los trayectos de formación y las unidades curriculares básicas que componen el plan de estudios se presentarán de forma indicativa o a modo de ejemplo.

Los requisitos académicos de ingreso a la carrera no deberán estar definidos en el plan de estudios aunque el mismo podrá expresar una orientación general o sugerir una formación previa.

Contenidos básicos y créditos mínimos de las  áreas de formación

Descripción de los conocimientos fundamentales de cada área de formación que se consideran necesarios para el logro de los aprendizajes previstos. Su vigencia es temporal, científica y académicamente determinada de acuerdo a las transformaciones del campo disciplinar.

Orientaciones pedagógicas

Descripción de las orientaciones pedagógicas específicas del Plan de Estudios, tales como modalidades y estrategias de enseñanza, así como de evaluación de los aprendizajes, coherentes entre si y con los principios teóricos que fundamentan la propuesta general de formación y las orientaciones sobre enseñanza y evaluación definidas en la Ordenanza.

2.-  CUERPO DOCENTE DE LAS NUEVAS CARRERAS

            El cuerpo docente involucrado en las nuevas carreras (técnicas, tecnológicas y  de grado), así como en las carreras que plantean una modificación del nivel de titulación, se entiende un indicador fundamental para valorar la calidad de las mismas. Por lo tanto, los nuevos planes de estudios en estos casos deberán adjuntar la plantilla docente básica que se proyecta para la carrera y/o el plan de desarrollo académico previsto.


TÉRMINOS BÁSICOS

Áreas de formación
Conjunto de conocimientos que por su afinidad conceptual, teórica y metodológica, conforman una porción claramente identificable de los contenidos de un plan de estudios. Pueden identificarse con áreas de conocimientos disciplinares, áreas temáticas, experiencias de formación, etc..

Ejes del plan
Constituidos por los conocimientos, saberes y prácticas centrales de la carrera y los sentidos que a ellos atribuyen quienes elaboran el currículo, los ejes configuran globalmente el diseño del plan de estudios. Puede tratarse de ejes que atraviesan transversal y/o longitudinalmente el currículo, aglutinando e integrando conocimientos, saberes y prácticas afines o convergentes.

Tramos
Etapas de estudio que componen una carrera. Deben contar con fines precisos y una estructura curricular que garantice su carácter terminal y a la vez propedéutico. No pueden ser el resultado de una simple recolección de materias o asignaturas existentes, sino una fase de formación con identidad propia.

Trayectos curriculares
Itinerarios de formación previstos en el diseño curricular que cumplen con la finalidad de brindar grados de autonomía a los estudiantes de acuerdo a sus intereses y necesidades de formación y resultan pertinentes para el campo disciplinar y profesional. Según el nivel de flexibilidad que se defina, éstos pueden constituir trayectos con mayor o menor grado de libertad (construidos por el estudiante, sugeridos por la institución) u orientaciones o perfiles de la carrera más precisamente definidos que constituyen especializaciones que el estudiante puede efectuar una vez completada la formación general y básica.

Unidad curricular
Constituyen las unidades básicas (asignatura, seminario, taller, pasantía, etc.) que componen el mapa curricular de un determinado plan de estudios, con acreditación específica y constancia en la escolaridad correspondiente.

FUENTES DOCUMENTALES

·          Currículo universitario. Conceptos básicos. Unidad Académica-Comisión Sectorial de Enseñanza, UdelaR, 2005.
·          Glosario de la Educación Superior, Instituto de Educación Superior para América Latina y el Caribe (IESALC-UNESCO).
·          Glosario de la Red Iberoamericana para la Acreditación de la Calidad de la Educación Superior (RIACES).
·          Planes de estudios flexibles -orientaciones para su elaboración-, SC-CSE Articulación y Flexibilidad Curricular, 2009 (mimeo).



Sub Comisión CSE de Reglamentos y Planes de Estudios
Sub Comisión CSE de Flexibilidad y Articulación Curricular

Cristina Altieri
Mercedes Collazo
Sylvia De Bellis
Pilar Moure
Pablo Monzón
                        Fany Rocha
            Marcelo Rodríguez
            Marcelo Vigo
            Bruno Yemini

jueves, 16 de febrero de 2012

INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DE FHCE (Actualizado al 14/12/2011)


DEDICACIÓN TOTAL
                   Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes    Dante Turcatti    Carlos  Caorsi    Roger Mirza
Egresados   Sara López 
        
EDUCACIÓN PERMANENTE   
                       Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes          
Egresados      Pablo Gatti    Raquel González    Silvana Herou 

ENSEÑANZA
                             Titular         Primer suplente 
Docentes      Beatriz Gabbiani        Virginia Orlando
Egresados     Patricia Manzoni       Marisol Cabrera    
Estudiantes    Adrián Gómez  
Decano          

INVESTIGACIÓN  CIENTÍFICA
                     Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes      Rogelio Mirza    Juan Fló    Alcides Beretta
Egresados    Claudio Paolini    Santiago Alzugaray  
Estudiantes          
Decano          

REESTRUCTURA
                               Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes    Susana Rostagnol    Carlos Demasi    Susana Dominzaín
Egresados          
Estudiantes        Andrés Fernández  

OPTATIVAS Y REVÁLIDAS
                            Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes      Carmen Curbelo    Eleonora Basso    Carlos Demasi
Egresados     Enrique Caetano      
Estudiantes   Adrián Gómez  

ASUNTOS LEGALES , ADMINISTRATIVOS Y RELACIONES  LABORALES
                              Titular           Primer suplente   
Docentes         Leonel Cabrera **    Clara Aldrigui **  
Egresados        Lydia De Souza    
Estudiantes      Eduardo Abelar  
Secretario        Julio Sánchez      
Delegado AFFUR    Carolina Olahberry    Catherine Acevedo    Karinna Pérez

** Integración Docente en Comisión de Asuntos Legales y Administrativos. La Comisión de Relaciones Laborales se integraba con Susana Dominzaín (Titular) y Lucía Lewowicz (Suplente).

PRESUPUESTO
                                    Titular       Primer suplente   
Docentes              Eduardo Piazza      Álvaro De Giorgi
Egresados             Sara López      
Estudiantes          Milton Rodríguez      
Delegado AFFUR    Noralí Lagomarsino    Pablo Darriulat   

CONVENIOS
                             Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes            Isabel Barreto      
Egresados           Patricia Manzoni        
Estudiantes         Eduardo Abelar  
AFFUR                Juan Miñán    Maximiliano Ramos    Marcela Tancredi

LOCALES
                         Titular      Primer suplente    Segundo suplente
Docentes        Irene Madfes    Graciela Sapriza    Ariadna Islas
Egresados          
Estudiantes     Martín Girona      
 AFFUR            Maximiliano Ramos    Piero Bernasconi    Karinna Pérez

BIBLIOTECA
                      Titular    Primer suplente   
Docentes    Esther Ruiz    Yamandú Acosta  
Egresados          
Estudiantes          
Biblioteca    Susana Martínez      

EXTENSIÓN  
                              Titular      Primer suplente     Segundo suplente  
Docentes            Nicolás Guigou     Carmen Curbelo      
Egresados           Gabriela Esteva    Bianca Vienni    Luz Diez  
Estudiantes         Federico Carve      Gustavo Guerrero      
Delegado AFFUR   Juan Miñán           Piero Bernasconi    Katherine Acevedo    Marcela Tancredi

COMISIÓN QUE ESTUDIA LA SITUACIÓN DE LOS SERVICIOS CONCESIONADOS DE LA FACULTAD
                                       Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes              Elizabeth Onega    Louise von Bergen  
Egresados          
Estudiantes          
Delegado AFFUR    Piero Bernasconi    Giselle Amado    Pablo Darriulat

PUBLICACIONES
                       Titular    Primer suplente    Segundo suplente
Docentes      Pablo Rocca        Ruben Tani
Egresados     Lucía Abbadie    Claudio Paolini  
Estudiantes          
Depto. de publicaciones    Javier Cardozo      

COMISIÓN DE LA MEMORIA
                    Titular                       Primer suplente
Docentes          
Egresados      Magdalena Figueredo    Edgardo Pérez    
Estudiantes    Lucía Melgarejo             Milton Rodríguez  
Secretario      Julio Sánchez      
Funcionarios   Nibia López                   Pablo Darriulat  
La integración de esta comisión es abierta a aquellas personas que deseen participar y realizar aportes.

ACTIVIDADES CULTURALES
                      Titular                 Primer suplente   
Docentes        Eleonora Basso    Susana Rostagnol  
Egresados       Arianne Aragone      
Estudiantes    Diego Aguirrezabal    Andrés Touyá   

COMISIÓN DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL PARA TRABAJADORES Y ESTUDIANTES DEL SERVICIO
                    Titular               Primer suplente    
Docentes       Ana Egaña      
Egresados      Lydia De Souza      
Estudiantes          
Secretario     Julio Sánchez                  
AFFUR          Laura Rodríguez    Silvana Puyo  




Montevideo, 14.12.11

lunes, 28 de noviembre de 2011

ORDENANZA DE ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN PERMANENTE

Resolución No.10 adoptada por el Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en sesión de fecha 21 de junio de 2011

Publicación aparecida en el Diario Oficial de fecha 8 de julio de 2011

Artículo 1º. Por Educación Permanente en la Universidad de la República se entienden
las actividades que ésta organiza con la finalidad de lograr un proceso de formación
continua que permita enfrentar los cambios en las prácticas profesionales, en la
producción, en el mundo del trabajo y en la sociedad en general, con el propósito de
incorporar los avances registrados en cada disciplina y en la interacción de las mismas.
Estas actividades pueden consistir en la realización de cursos presenciales,
semipresenciales o a distancia, seminarios, pasantías u otras modalidades de actividad
académica, que conformarán el Programa de Educación Permanente de la Universidad de
la República.

Artículo 2º. Las actividades de Educación Permanente se orientarán a la formación y
capacitación en temas, técnicas o aprendizajes que permitan construir conocimientos a
partir de la experiencia y de la práctica profesional y laboral de los destinatarios, del
conocimiento académico y de la investigación científica y tecnológica. Las actividades se
efectuarán considerando la creación e implementación de espacios educativos que
permitan, mediante la combinación de aportes de las fuentes citadas, el desarrollo de la
construcción social del conocimiento, teniendo en cuenta la forma de aprendizaje de
adultos.

Artículo 3º. Serán destinatarios de las actividades de Educación Permanente los
graduados universitarios, las personas vinculadas a la producción, al mundo del trabajo o
cualquier otra persona con interés de capacitarse, perfeccionarse o actualizarse en
actividades que ameriten ser incluidas dentro del Programa de Educación Permanente de
la Universidad de la República.

Artículo 4º. Los cursos y actividades cuyos destinatarios sean profesionales podrán ser
de reorientación profesional, actualización, perfeccionamiento, capacitación o
especialización. También podrán ser dirigidos a la recertificación profesional, o considerar
requerimientos de colegiación profesional. Los cursos y actividades cuyos destinatarios
sean trabajadores, empleados, productores, empresarios o público en general podrán ser
de formación, capacitación, actualización, perfeccionamiento, especialización, brindar
conocimientos temáticos o conocimientos generales. Las actividades del Programa de
Educación Permanente podrán incluir, considerando los destinatarios, cualquier otro tipo o
forma de actividad educativa que se considere conveniente o necesario implementar.

Artículo 5º. El Programa de Educación Permanente podrá proponer y sugerir, a las
autoridades universitarias, todo tipo de convenios o acuerdos de trabajo con instituciones
educativas, de capacitación, de investigación, de adopción tecnológica, o que realicen
tareas de validación o aplicación de conocimientos, o que, en general, contribuyan a
lograr la mejor consecución de sus fines, o a ampliar y diversificar sus actividades.

Artículo 6º. Para orientar las actividades de Educación Permanente, todos los servicios
universitarios crearán un organismo orientador o comisión (en adelante Comisión de
Educación Permanente), que se implementará según las peculiaridades de cada servicio,
dependiente del Consejo o Comisión Directiva de éste, que tendrá, entre otros, los
siguientes cometidos:

a) Promover políticas de organización y elaboración de planes de actividades de
Educación Permanente, y el crecimiento y perfeccionamiento de los mismos dentro del
servicio universitario actuante;
b) Supervisarlos en lo que corresponda y evaluar periódicamente su desarrollo;
c) Evaluar la calidad académica y la pertinencia de los cursos y actividades, y reorientar
las actividades, contenidos o metodologías que se consideren no apropiadas.
d) Asesorar sobre las dimensiones, calidades y exigencias mínimas del cuerpo docente a
cargo;
e) Procurar la coordinación de estas actividades en el Servicio, en el Área
correspondiente y con los demás organismos universitarios o extrauniversitarios;
f) Efectuar toda otra actividad relacionada que le encomiende el Consejo o Comisión
Directiva.

Artículo 7º. Los servicios universitarios podrán designar un responsable de la
programación de actividades de Educación Permanente para implementar los programas
respectivos y para facilitar la ejecución de actividades. Dicho responsable presidirá la
Comisión de Educación Permanente del servicio. Los servicios podrán, además,
instrumentar unidades de Educación Permanente, o disponer de otro tipo de organización
interna que permita la correcta y adecuada ejecución de las actividades.

Artículo 8º. El responsable de la programación de las actividades de Educación
Permanente de cada servicio universitario deberá ser funcionario docente, con un grado
no menor a Profesor Adjunto. Podrá percibir alguna de las compensaciones previstas en
la normativa universitaria vigente, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas
en las respectivas Ordenanzas que las regulan. En caso de tratarse de docentes con
Dedicación Total, deberá cumplirse con lo dispuesto por la normativa estatutaria aplicable.

Artículo 9º. La participación docente en la realización de actividades de Educación
Permanente será reconocida como mérito docente, y figurará, en forma destacada, en las
pautas de evaluación docente, con su ponderación correspondiente. También deberá ser
considerada en los informes de actuación docente y en los méritos docentes que se citen
para los concursos. En este último caso, también constituirán méritos académicos la
formación en educación de adultos y en educación permanente.

Artículo 10º. Las actividades de Educación Permanente podrán incorporar, para su
realización, en el dictado de los cursos y en la implementación de actividades, a personas
que no sean funcionarios docentes de la Universidad de la República que posean
conocimientos que ameriten su inclusión en los mismos.

Artículo 11º. Cada actividad contará con un docente universitario responsable académico
del curso, actividad o pasantía. El mismo tendrá un grado no menor a Profesor Adjunto.

Artículo 12º. El listado anual de cursos propuestos deberá contar con el aval de la
Comisión de Educación Permanente del servicio definida en el Art. 6º y deberá ser
aprobado por el Consejo o Comisión Directiva del servicio actuante. .

Artículo 13º. Al programar un curso o actividad se podrán establecer cupos mínimos y
máximos de asistencia.


Artículo 14º. Las actividades aquí establecidas podrán ser objeto del cobro de derechos
universitarios, dando cuenta al Consejo Directivo Central. En esos casos se deberá abrir
la posibilidad de exceptuar del pago a parte de los asistentes.

Artículo 15º. Una vez finalizada la actividad se otorgará una constancia de asistencia o
un certificado de aprobación. Este último se expedirá en los casos en que exista algún
método de evaluación del desempeño de los cursantes en la actividad, una vez aprobada
ésta. La constancia de asistencia, se expedirá cuando el cursante haya cumplido los
requisitos de asistencia.

Artículo 16º. Por la vía de la reglamentación, que será sometida a consideración del
Consejo Directivo Central, los servicios complementarán las disposiciones aquí
establecidas en la forma que estimen pertinente.

Artículo 17º. Los servicios tendrán un plazo improrrogable de un año a partir de la
publicación en el Diario Oficial de la presente Ordenanza, para adecuar sus actuales
disposiciones a lo aquí establecido.

lunes, 21 de noviembre de 2011

LLAMADO DE LA FHCE A TRABAJOS DE ESTUDIANTES, DOCENTES Y EGRESADOS PARA LA COLECCIÓN “AVANCES DE INVESTIGACIÓN” 2012



El objetivo de la Colección “Avances de Investigación” es fortalecer la difusión de la amplia y variada producción académica que se desarrolla en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (FHCE).

La colección consiste en una serie de pre-publicaciones, continuadora de las ediciones de “Papeles de trabajo” y “Colección de estudiantes”, integrada ahora en una única serie abierta a estudiantes, egresados y docentes en grados iniciales de su formación en la FHCE.


Los trabajos que aspiran a ser publicados en esta colección serán productos de investigaciones dentro de las Áreas académicas que la Facultad cultiva. Se podrán incluir no sólo versiones finales, sino también, como lo sugiere el título de la colección, avances parciales de procesos de investigación, incipientes o desarrollados. En ese sentido, se busca estimular la discusión y el intercambio a partir de estos trabajos preliminares, a la vez que preservar la posibilidad de publicar luego ese mismo trabajo en una versión mejorada o definitiva, en revistas especializadas, libros o en otros formatos papel o digital.


Se publicarán diez trabajos inéditos (no editados en papel) por Orden de estudiantes, docentes y egresados. En cada caso, se contemplarán las siguientes condiciones:

· En el caso de los estudiantes, los trabajos no necesariamente deberán ser monografías o informes realizados en el marco de los cursos regulares, ya que se busca una ampliación en las posibilidades temáticas y un estímulo al trabajo creativo.
· En el caso de los docentes, los trabajos deberán proceder de aquellos grados en formación (1 y 2), que se encuentren comenzando una línea de investigación propia dentro de su departamento o área de conocimiento de la Facultad.
· En el caso de los egresados, los trabajos podrán ser avances de tesis de posgrado o resúmenes de investigaciones individuales, realizadas en el marco de proyectos dentro y fuera de la Facultad.

Los trabajos serán evaluados, primero, por la Comisión Directiva de la unidad académica correspondiente, pudiendo esta comisión solicitar la opinión de los especialistas que estime necesario; y, luego, por el Comité de Referato que actuó en el llamado a publicaciones CSIC 2011 y que podrá oficiar como Comité académico de la publicación final.


La Facultad se compromete a publicar un volumen con los trabajos seleccionados en el correr del año 2012 y a darle difusión.

La colección se publicará simultáneamente en papel y en formato digital, este último disponible tanto en CD como en sitio web de la Facultad (http://www.fhuce.edu.uy).

Plazo y lugar de presentación de los trabajos

Se podrán presentar trabajos desde el 20 de noviembre de 2011 y hasta el 20 de marzo de
2012 inclusive.
La recepción se realizará en Decanato de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de 9 a 13 hs. Por consultas: 24027260 - investigacion@fhuce.edu.uy
Los trabajos que no se ajusten a las siguientes normas no serán tenidos en cuenta para su publicación.

Pautas para la presentación de los originales

1. Deberá entregarse:
a) Una copia impresa a doble faz.
b) Dos versiones del trabajo en un CD: una versión editable y otra en pdf.
2. La extensión del trabajo deberá ser de entre 12 y 15 páginas, en hoja A4, fuente Trebuchet, cuerpo 10, interlineado espacio y medio.
3. Los párrafos deberán estar sin justificar y sin cortes de palabras; sin sangría, tabuladores ni espacios adicionales antes o después del mismo.
4. Deberá evitarse el uso de palabras en negrita o bold; en caso de necesitar subrayarse una palabra, ésta deberá ir en cursiva o itálica. Asimismo se deberá evitar el uso de palabras en mayúsculas.
5. Si el archivo tiene imágenes, estas deberán estar en alta resolución (300 dpi, tamaño 9x13 cm) y grabarse en el CD también fuera del archivo de texto.
6. Con respecto a las citas:
a) Si son breves irán entre comillas con indicación de la fuente. Si llevan más de tres líneas, irán sin comillas y en un cuerpo inferior al del resto del texto, con sangría izquierda y derecha y con la indicación de la fuente correspondiente.
En estos casos no se usarán cursivas o itálicas.
b) Sistemas de citas posibles: nota al pie, que consiste en colocar una llamada de nota al final de la cita que remita a una nota al pie de página donde se ubiquen los datos bibliográficos; autor-año (sistema anglosajón o Harvard), que consiste en colocar entre paréntesis inmediatamente después de la cita el apellido del autor, año de publicación del texto citado y número de página de donde se tomó la cita. Estos datos deberán remitir a una bibliografía ubicada al final del trabajo.
7. Bibliografías: deberán estar completas y concordar con los datos de las citas al interior del texto. El orden de los datos debe ser el siguiente, separando con comas:
a) Cita de libros: Apellido(s) y nombre(s) del autor, título del libro en cursiva, ciudad donde se publicó, editorial, año de publicación, número de páginas de donde se tomó la cita.
b) Cita de artículos de libros: Apellido(s) y nombre(s) del (de los) autor(es), título del artículo en redonda y entre comillas, nombre y apellido del compilador del libro, título del libro en cursiva, ciudad donde se publicó, editorial, año de publicación, número de páginas de donde se tomó la cita.
c) Cita de artículos de revistas (en papel y electrónicas) o periódicos: Apellido(s) y nombre(s) del (de los) autor(es) del artículo, título del artículo en redonda y entre comillas, nombre de la revista en cursiva o dirección URL, número de la revista o periódico, ciudad, (día) mes y año de la publicación, número de página de donde se tomó la cita.
d) Cita de ponencias en congresos o seminarios: Apellido(s) y nombre(s) del (de los) autor(es) del artículo, título de la ponencia en redonda y entre comillas, nombre del congreso o seminario donde se presentó, ciudad donde se realizó el evento, fecha de la actividad.