COMISION SECTORIAL DE ENSEÑANZA
INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR LOS PLANES DE ESTUDIOS
Ajustado a las Bases de la Ordenanza de
“Estudios de Grado y otros Programas de Formación Terciaria”
Diciembre 2010
Las bases de la Ordenanza de “Estudios de Grado y otros
Programas de Formación Terciaria”, a consideración de la Asamblea General del
Claustro, prevén un plazo de un año para efectivizar el proceso de
creditización de las unidades curriculares de las carreras y de dos años para
adecuar los planes de estudios vigentes a lo que disponga la norma.
Ante
la inminencia de su aplicación, las sub comisiones de la Comisión Sectorial de
Enseñanza que se ocupan de la temática curricular, entienden pertinente hacer
llegar a los servicios un instructivo que facilite la labor de las comisiones
de carreras y de la Comisión Sectorial de Enseñanza como organismo asesor del
Consejo Directivo Central, quien finalmente deberá aprobar los planes de
estudios adecuados a las orientaciones de la Ordenanza.
También se entiende oportuna la ocasión para avanzar en
la evaluación de las nuevas ofertas de carreras a fin de velar por el
cumplimiento de los niveles de calidad requeridos en los diferentes niveles de
formación establecidos por la norma.
Los planes de estudios (así como los programas de cursos)
constituyen los documentos curriculares fundamentales que orientan los
proyectos de formación universitaria. Junto con el plantel docente, constituyen
la materia esencial de evaluación de su calidad académica. De este modo, se
entiende relevante lograr una formulación clara y precisa de sus capítulos
esenciales, así como del sustento académico del proyecto curricular cuando se
trata de una nueva oferta de formación, o del pasaje de una carrera de nivel
técnico o tecnológico a una carrera de grado.
Se
presentan a continuación las pautas en base a los cuales se realizará la
evaluación de los planes de estudios, así como la información que se requerirá
para valorar el sostén académico de las nuevas carreras.
Los
planes vigentes que únicamente incorporen el sistema de créditos, sin modificar
los tiempos (número de años de la carrera) ni los contenidos de la
formación (se agreguen o supriman materias), según lo dispuesto
por la Ley Orgánica, no deberán considerarse cambio de plan.
1.- REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN Y RENOVACIÓN
DE LOS PLANES DE ESTUDIOS
Los planes de estudios comprenderán, como mínimo, los siguientes capítulos:
Antecedentes y
fundamentación
Comprende las
consideraciones generales que explicitan los principios teórico conceptuales
que fundamentan y justifican la propuesta de formación, la contextualización
institucional, las necesidades o aspectos de la realidad profesional que se
pretende transformar y otros elementos que se consideren significativos para el
plan como las de orden histórico, epistemológico, pedagógico, etc. Los
principios rectores que orientan la formación pueden también constituir un
capítulo independiente.
Si se trata de un cambio
de plan de estudios, es importante hacer particular referencia a los
antecedentes de la formación y a la evaluación curricular de la que surgen las
necesidades y líneas de renovación. En este sentido, se recomienda además
explicitar los objetivos de la propia reforma curricular.
Si se trata de la creación
de una nueva oferta, deberán mencionarse los estudios o análisis de
pertinencia que fundamentan la propuesta de formación, con especial énfasis en
los requerimientos que surgen de las transformaciones operadas en el campo
profesional, social, académico, educativo nacional y/o mundial. En este
capítulo se deberá además hacer mención a la situación del campo académico,
identificando los núcleos docentes de la Universidad que aportan a la
temática.
Los antecedentes podrán hacer referencia
al enclave desde el que surge la propuesta, pero el plan de estudios no debe
caratularse con ninguna alusión a sedes universitarias específicas a los fines
de que pueda ser implementado en el conjunto del territorio nacional.
Objetivos de la formación
Siendo el componente axiológico del plan
de estudios, los objetivos explicitan y sintetizan la intencionalidad de la
formación académica y profesional, fijando las grandes orientaciones de
formación. Pueden expresarse también en términos de capacidades o competencias
profesionales generales y específicas que se prevé alcancen los egresados, las
que conviene acompañen el perfil de egreso.
Perfil del egresado
Estrechamente ligado a la
intencionalidad, prefigura los propósitos del proceso formativo. De la claridad
de estas definiciones dependerá, en gran medida, la estructura curricular que
se adopte. Engloba el conjunto
de conocimientos y capacidades que cada título acredita (perfil del título).
También puede
incluir una descripción de las actividades para las que resulta competente un
profesional en función del perfil general del título y de los contenidos
curriculares de la carrera (alcances del título). En el caso de los perfiles
generalistas, convendrá hacer explícito el punto de corte entre las capacidades
de acción profesional que involucra el grado y las que se derivan para la
formación de posgrado.
Denominación del título
Denominación del título final y/o
intermedio/s que prevé la carrera, según tipos de certificación previstos.
Duración de la carrera y créditos mínimos
de la titulación
Fijación de los años de
duración de la carrera y del número de créditos mínimos de la titulación o
titulaciones, de acuerdo a lo previsto sobre niveles de formación y régimen de
créditos.
Descripción de la
estructura del Plan
Diseño curricular específico que adopta la
organización de los contenidos de la enseñanza y las experiencias de formación
que se proyectan para la carrera, con indicación de los formatos adoptados:
ejes del plan, áreas de formación, tramos, trayectos, orientaciones,
pre-especializaciones o perfiles, tipos de unidades curriculares, organización
temporal de los cursos, articulaciones previstas con otras carreras, etc. Los
mismos deberán tener en cuenta los principios y criterios curriculares fijados
por la Ordenanza.
Se analizará con particular atención la
movilidad estudiantil, horizontal y vertical, que prevé la propuesta.
Los trayectos de formación y las unidades
curriculares básicas que componen el plan de estudios se presentarán de forma
indicativa o a modo de ejemplo.
Los requisitos académicos de ingreso a la carrera no deberán estar
definidos en el plan de estudios aunque el mismo podrá expresar una orientación
general o sugerir una formación previa.
Contenidos básicos y
créditos mínimos de las áreas de
formación
Descripción
de los conocimientos fundamentales de cada área de formación que se consideran
necesarios para el logro de los aprendizajes previstos. Su vigencia es
temporal, científica y académicamente determinada de acuerdo a las transformaciones
del campo disciplinar.
Orientaciones pedagógicas
Descripción
de las orientaciones pedagógicas específicas del Plan de Estudios, tales como
modalidades y estrategias de enseñanza, así como de evaluación de los
aprendizajes, coherentes entre si y con los principios teóricos que fundamentan
la propuesta general de formación y las orientaciones sobre enseñanza y
evaluación definidas en la Ordenanza.
2.- CUERPO DOCENTE DE LAS
NUEVAS CARRERAS
El
cuerpo docente involucrado en las nuevas carreras (técnicas, tecnológicas
y de grado), así como en las carreras
que plantean una modificación del nivel de titulación, se entiende un indicador
fundamental para valorar la calidad de las mismas. Por lo tanto, los nuevos
planes de estudios en estos casos deberán adjuntar la plantilla docente básica
que se proyecta para la carrera y/o el plan de desarrollo académico previsto.
TÉRMINOS
BÁSICOS
Áreas de formación
Conjunto de conocimientos que por su afinidad conceptual, teórica
y metodológica, conforman una porción claramente identificable de los
contenidos de un plan de estudios. Pueden identificarse con áreas de
conocimientos disciplinares, áreas temáticas, experiencias de formación, etc..
Ejes del plan
Constituidos
por los conocimientos, saberes y prácticas centrales de la carrera y los
sentidos que a ellos atribuyen quienes elaboran el currículo, los ejes
configuran globalmente el diseño del plan de estudios. Puede tratarse de ejes
que atraviesan transversal y/o longitudinalmente el currículo, aglutinando e
integrando conocimientos, saberes y prácticas afines o convergentes.
Tramos
Etapas de estudio que componen una carrera. Deben contar con fines
precisos y una estructura curricular que garantice su carácter terminal y a la
vez propedéutico. No pueden ser el resultado de una simple recolección de
materias o asignaturas existentes, sino una fase de formación con identidad
propia.
Trayectos curriculares
Itinerarios de formación
previstos en el diseño curricular que cumplen con la finalidad de brindar grados de autonomía a los estudiantes de acuerdo a sus
intereses y necesidades de formación y resultan pertinentes para el campo
disciplinar y profesional. Según el nivel de flexibilidad que se defina, éstos
pueden constituir trayectos con mayor o menor grado de libertad (construidos
por el estudiante, sugeridos por la institución) u orientaciones o perfiles de
la carrera más precisamente definidos que constituyen especializaciones que el
estudiante puede efectuar una vez completada la formación general y básica.
Unidad curricular
Constituyen las unidades básicas (asignatura, seminario, taller,
pasantía, etc.) que componen el mapa curricular de un determinado plan de
estudios, con acreditación específica y constancia en la escolaridad
correspondiente.
FUENTES
DOCUMENTALES
Sub Comisión CSE de
Reglamentos y Planes de Estudios
Sub Comisión CSE de
Flexibilidad y Articulación Curricular
Cristina
Altieri
Mercedes
Collazo
Sylvia
De Bellis
Pilar
Moure
Pablo
Monzón
Fany
Rocha
Marcelo
Rodríguez
Marcelo Vigo
Bruno
Yemini